A partir de este momento, ya no es necesaria la licencia de actividad como requisito previo para la apertura y el inicio de actividad de cualquier establecimiento en lo que lo que a la Gerencia de Urbanismo se refiere.
Esto es así, según fue informado el consejo de la Gerencia en su sesión del pasado jueves, porque este organismo adapta su normativa a la nueva directiva comunitaria de servicios, cuyo objetivo es, indicó el concejal de Urbanismo, Francisco Algar, eliminar obstáculos a la libertad de establecimientos, y a la que deben adecuarse el Estado, las autonomías y los ayuntamientos.
Por tanto, ya no necesaria la licencia de actividad como autorización previa. En cambio, quienes deseen abrir un nuevo establecimiento sí habrán de formular una comunicación previa a la Gerencia, informando de la identidad del titular, dirección del establecimiento y tipo de actividad, adjuntando además una declaración responsable de cumplimiento de la normativa sectorial que le es de aplicación. Con esto, podrá iniciar si más su actividad. Posteriormente, inspectores de la Gerencia visitarán el establecimiento para verificar los datos ofrecidos en la comunicación previa.