La Sección Sindical de la Unión Sindical Obrera (USO) del Ayuntamiento de Lucena comunica que "a través de la web del Patronato Deportivo Municipal ha tenido conocimiento de una flagrante vulneración de la normativa básica reguladora de nuestro Estado de Derecho cometida una vez más por el Presidente de dicho Organismo Autónomo Agustín Corrales López de Ahumada".
Añade el sindicato que "en esta ocasión, él sólo –como si de un caudillo se tratara- aprueba unas Bases para la Provisión de una plaza de Monitor Deportivo en Régimen de Funcionario Interino, que contienen una serie de despropósitos que debieran abochornar al Alcalde Juan Pérez Guerrero, no sólo por haberlo nombrarlo Presidente de dicho Organismo, sino lo que es aún más grave, por continuar manteniéndolo en el cargo, a pesar de los antecedentes que en los últimos cinco meses lleva acumulados."
Sostiene USO las normas que vulneran dichas Bases son "destacables", a saber:
1. Conforme establece el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y artículo 54 del Acuerdo Marco, por el que se regulan las relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Lucena y el personal a su servicio, dichas Bases con carácter preceptivo deben ser sometidas a negociación con participación de los Sindicatos y Grupo de la oposición representados en la Mesa General de Negociación.
2. La pretensión (conforme aparece en el apartado 3 de dichas Bases de hacer una “preselección” a través del Servicio Andaluz de Empleo –limitada en el número de 10), supone una grave vulneración del Principio de Igualdad, imposibilitando de manera burda que todo aquel que cumpla los requisitos precisos en el momento de la convocatoria, pueda acceder en condiciones de igualdad a la plaza objeto de la convocatoria.
3. Por último y teniendo en cuenta que actualmente el servicio de monitores se viene prestando a través de dos entidades mercantiles privadas (BCM y Bases Sport S.L.) no se dan las circunstancias establecidas en el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, que establece que únicamente se podrán nombrar funcionarios interinos cuando se den razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia.
Por todo ello, USO anuncia que "en los próximos días presentaremos el correspondiente Recurso de Reposición que sin lugar a dudas anulará las Bases de esta convocatoria".